Los planes de previsión asegurado son contratos ilíquidos, por lo que solo se puede disponer de ellos en el caso de producirse alguna de las contingencias cubiertas. No obstante se puede disponer anticipadamente en los supuestos de enfermedad grave o desempleo de larga duración. A partir de 2025 se podrán rescatar las primas abonadas con al menos diez años de antigüedad.
Este número es indicativo del riesgo del producto, siendo 1/6 indicativo de menor riesgo y 6/6 de mayor riesgo.